El cliente siempre tiene la razón: cobrar servicio de mesa es ilegal en La Plata

Viernes 19 Abril, 2024

El cliente siempre tiene la razón: cobrar servicio de mesa es ilegal en La Plata

Domingo 11 de Noviembre de 2018 5

La Cámara Civil y Comercial de La Plata rechazó el cobro del "servicio de mesa" o "cubierto” en los restaurantes, dando respuesta a una duda generalizada.

La Cámara Civil y Comercial de La Plata rechazó enfáticamente el cobro del "servicio de mesa" o "cubierto”, dando respuesta a una duda generalizada que la justicia no había tenido oportunidad de resolver, y sentando parámetros claros a favor de los consumidores.

La jueza Ana Maria Bourimborde y el juez Luis Maggi resolvieron que este "servicio" no solo es mal informado por los restaurantes (violando el derecho más básico de los consumidores a una información adecuada y veraz), sino que también era ilegal la imposición del cobro, por violar el derecho de los consumidores a elegir.


EL PLANTEO DE CODEC

La justicia platense resolvió así el pedido preventivo y colectivo de la Asociación de Defensa de los Consumidores CODEC, como un paso más para lograr la eliminación de este cargo ilegal y lamentablemente expandido en nuestra ciudad.

En la demanda contra una reconocida cadena gastronómica local, la asociación planteó que estos cobros son el "típico caso de los pequeños ilícitos lucrativos, también denominados ilícitos “hormiga” cuya efectividad radica en la invisibilidad de la práctica por lo nimio de los montos, pero que en la reiteración, generan cuantiosas sumas ilegítimas para los proveedores".

Para dejar claro el nivel de falta de información básico que rige cobros como este, la asociación dijo que "la única verdad es que el consumidor no sabe por qué abona este cargo, ni nadie se preocupa por explicarlo, simplemente debe pagarlo si se sienta a comer".


-¿Se obliga al consumidor a pagar por algo que no pidió? La Cámara concluyó que sí.

-¿Es legal el cobro del "servicio de mesa"? La Cámara Civil y Comercial de La Plata dice que no, y lo prohíbe colectivamente

Dijo la jueza que "(...) esta práctica limita la libertad de contratación del consumidor (art. 1.099 Cód. Civ. y Com.)". En este sentido, comparó la situación, a la que se da cuando se envía a los consumidores cosas por correspondencia (en donde no hay obligación alguna de devolución o pago) o cuando se cobran cargos sin solicitud, a menos que el consumidor solicite la baja.

De esta manera, la justicia provincial sienta postura de forma colectiva, y por primera vez, con respecto a esta práctica que se ha expandido ilegalmente en los últimos años, eligiendo rechazar la posibilidad del cobro de cargos de este tipo.

Sienta un valioso precedente en la materia, poniendo un freno a estos pequeños daños que los consumidores sufren diariamente, y marca una línea de protección, distinta a la tomada en otros puntos del país (como por ejemplo Ciudad de Buenos Aires, que permitió el cobro forzoso de este cargo por medio de la Ley Nº 4407/12).


ORIGEN DEL CASO

El Centro de Orientación Defensa y Educación del Consumidor CODEC inició una demanda contra T.L.P. CUCCINA & CAFFE S.A. Y OTRO/A S/, más conocido por los platanses como La Trattoria, por el cobro indebido de servicio de mesa. Que si bien "el consumidor elige concurrir a comer a los locales de la demandada, se lo fuerza a “adquirir” y pagar por este “servicio”. Es sin tapujos, una venta atada".

Este cobro inconsulto, implicaba para la actora, una violación a la ley de defensa del consumidor, el Código Civil y Comercial de la Nación y la propia Constitución Nacional.

Con esta base, la Sala Segunda de la Cámara, resolvió ordenar a la Trattoría a informar en todas las cartas "bajo qué circunstancias podrán los consumidores optar por el “servicio de mesa y/o cubierto”".

Finalmente, ordenaron categóricamente a la cadena de restaurantes a "cesar de inmediato con la práctica de entregar el servicio de mesa y/o cubierto” sin requerimiento previo del consumidor y luego cobrar su consumo a falta del rechazo de su recepción".

Ordenó finalmente, cesar permanentemente con esta práctica a la cadena de restaurantes, aclarar la información en sus menús y ofrecer libremente este servicio.