El desembarco de Farmacity en la Provincia recibió un OK y hubo duras reacciones

Jueves 25 Abril, 2024

El desembarco de Farmacity en la Provincia recibió un OK y hubo duras reacciones

Viernes 13 de Abril de 2018

La Procuración General de la Nación emitió un dictamen a favor de que las sociedades anónimas puedan ser propietarias de farmacias. Preocupación y alerta del Colegio bonaerense. Piden que se respete la Ley.

La Procuración General de la Nación emitió un dictamen a favor de que las sociedades anónimas puedan ser propietarias de farmacias en la Provincia de Buenos Aires, en el marco del reclamo que lleva adelante la cadena Farmacity para instalarse en territorio bonaerense. La decisión generó fuerte expresiones de rechazo, entre ellas del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires

En el pronunciamiento se considera inconstitucional el artículo 14 de la Ley 10.606 que indica que serán autorizadas las instalaciones de farmacias cuando la propiedad sea de profesionales farmacéuticos con título habilitante; de Sociedades Colectivas ó Sociedades de Responsabilidad Limitada; de Sociedades en Comandita Simple; de establecimientos hospitalarios públicos; o de las obras sociales, mutuales o gremiales.

El Colegio de Farmacéuticos bonaerense y el diputado provincial del Frente Renovador, Lisandro Bonelli, que impulsa un proyecto de ley en la Legislatura para poner un freno al desembarco de la cadena Farmacity, cuestionaron el pronunciamiento del Procurador de la Nación, Eduardo Casal. "Exigimos que se respete la ley y la independencia de poderes. En Buenos Aires las farmacias no son simples comercios, son un servicio público y el medicamento no es una mercancía si no un bien social", sostuvo Bonelli en un comunicado.

El legislador relacionó el pronunciamiento de la Procuración con el presunto interés del vicejefe de Gabinete de la Nación, Mario Quintana, en resolver esta cuestión de manera favorable para la empresa, de la que es accionista.

En el mismo sentido, la presidenta del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia, Isabel Reinoso, dijo que "la Procuración le está dando indicaciones a la Corte. Es un avasallamiento a la independencia de poderes y a las Provincias que son las que tienen que resolver las cuestiones de salud. Y el acceso de medicamentos y la salud es un tema de salud pública".

El artículo 14 de la ley 10.606 de Farmacias de la provincia de Buenos Aires observado por la Procuración determina que en el distrito "serán autorizadas las instalaciones o enajenaciones de farmacias cuando la propiedad sea: a) De profesionales farmacéuticos con título habilitante, b) de Sociedades Colectivas o Sociedades de Responsabilidad Limitada, integradas totalmente por profesionales habilitados para el ejercicio de la Farmacia, c) de Sociedades en Comandita Simple formadas entre profesionales habilitados para el ejercicio de la Farmacia y terceros no farmacéuticos, actuando éstos últimos como comanditarios, no pudiendo tener injerencia en la dirección técnica", entre otras cuestiones.

En tanto, el proyecto de ley presentado por Bonelli tiene como objetivo aclarar los alcances de la citada norma que regula el funcionamiento de la farmacia de la provincia de Buenos Aires y en ella establece que el artículo 14 debe ser "taxativo", no enunciativo, y que quienes no estén contemplados en el artículo 14 no podrán dedicarse a comercializar medicamentos.

EL DICTAMEN

Casal, en su dictamen, Consideró "que el artículo 14 de la ley 10.606 resulta inconstitucional, pues aun cuando se refiere a la autorización para instalar o enajenar farmacias, en rigor de verdad avanza sobre la regulación de lo concerniente a su titularidad", indicó el documento que lleva la firma de la procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Laura Monti.

En ese sentido, agregó que "la inconstitucionalidad del artículo 14 de la ley 10.606 aparece así indudablemente configurada, pues la provincia demandada al legislar sobre la propiedad o titularidad de los establecimientos farmacéuticos, avanzó indebidamente sobre un tema -la capacidad de las personas- cuya regulación uniforme en todo el país corresponde exclusivamente al Congreso de la Nación".

La demanda de Farmacity para que le permitan operar en Buenos Aires comenzó en 2012, cuando el presidente de la compañía era Quintana, quien mantiene en su poder el 3% de las acciones de la compañía y "tiene en mente vender su participación antes de que finalice el corriente año, para evitar un eventual conflicto de intereses", se dice en el dictamen.

"Fui fundador de Farmacity y presidente de ese directorio durante mucho tiempo; estoy en proceso de venta de mi participación de todo negocio que tenía antes, ya salí de casi todos, y espero antes de fin de año haber salido de Farmacity", dijo Quintana la semana pasada al canal LN+.

De esta forma, la resolución quedó inicialmente en manos de tres de los jueces de la Corte Suprema- Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda- debido a que Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti anticiparon que se iban a excusar de opinar en la causa por supuestos vínculos en el pasado con la empresa.

En el caso de Rosenkrantz se debe a que en su momento Farmacity contrató al estudio Bouzat, Rosenkrantz & Asociados, donde se desempeñaba el actual ministro de la Corte.

Rosatti, por su parte, se excusó el 23 de noviembre pasado sin brindar motivos sobre la decisión. Versiones de prensa dan cuenta que el actual integrante de la Corte buscó de esta forma dejar de lado cualquier tipo de objeción que pueda surgir respecto a un futuro fallo, ya que en el pasado trabajó en el Ministerio de Justicia y en la Procuración del Tesoro con Andrea Gualde, directora del área jurídica de Farmacity.