Piden saber cuántos cooperativistas trabajan para la Municipalidad de La Plata

Lo hizo una concejal del oficialismo a través de un duro pedido de informe en el que además cuestiona la falta de respuesta del Ejecutivo comunal a los diferentes reclamos de información que hacen los ediles.

Por: Infoplatense | 20 de Febrero de 2017 | 13:57

La concejal radical Florencia Rollié presentó un pedido de informes para que el intendente Julio Garro haga público la cifra de trabajadores cooperativistas que tienen una relación laboral con la Municiplidad de La Plata. Según planteó la edil del bloque que está integrado a Cambiemos, el planteo está relacionado con las dudas que se generaron tras el temporal del 5 de febrero, respecto de la cantidad de personas que salieron a la calle a atender la contingencias.

"La existencia de dudas acerca de cuántos cooperativistas estuvieron operativos en el evento climático del 5 de febrero y luego para reparar los daños, hace imprescindible saber cuántos de ellos efectivamente figuran cobrando o quién cobra por ellos”, planteó Rollié.

Florencia Rollié explica en los fundamentos "la imperiosa necesidad de contar con esa información por parte de toda la comunidad" y hace referencia a que la misma tiene un tiempo lógico para poder ser útil y que "entregada a destiempo o negada es la negación misma del derecho a la información pública, que se pretende proteger y que en el último año mereció su aprobación en el Congreso de Nación".

En su planteo, la concejal del oficialismo agrega una mirada crítica al manejo de la información por parte del Ejecutivo municipal. "Se ha hecho rutina tanto la omisión de tratamiento de pedidos de informes por parte de los Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires como la falta posterior de respuestas por parte de los Departamentos Ejecutivos, cuando les son requeridos por los primeros". Además, afirma que “esta mala praxis institucional ha degradado aún más la actividad legislativa y ejecutiva a nivel municipal y esto debe corregirse”.

El pedido de informes invoca, por primera vez en este tipo de presentaciones, la ley 12.475 de la Provincia de Buenos Aires en su Artículo 7° en cuanto a los plazos de respuesta y en su Artículo 8° en cuanto a los recursos a presentar vencido el plazo del Artículo 7°, tanto para el cuerpo Deliberativo en su tratamiento, como para el Ejecutivo en su respuesta; con lo que anticipa que la misma, aun cuando sea derivada a la comisión de Legislación para no ser tratada, como ha ocurrido con otros proyectos, tendrá otro tipo de repercusiones posteriores en sede judicial.