Por decreto, los partidos tendrán menos tiempo de publicidad para hacer campaña estas elecciones

Jueves 25 Abril, 2024

Por decreto, los partidos tendrán menos tiempo de publicidad para hacer campaña estas elecciones

Viernes 21 de Junio de 2019

Por un decreto que realizó el Gobierno, el 429/2019, los partidos políticos tendrán a partir de las próximas elecciones la mitad del tiempo gratuito de publicidad en medios audivisuales que disponían.

Específicamente, la disposición de la Casa Rosada marca que los servicios de comunicación audiovisual que cuenten con una programación igual o mayor a 12 horas deberán destinar un 5% de su tiempo, cuando antes era el 10%, “para la difusión de mensajes de campaña electoral en servicios de comunicación audiovisual para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales”.

A su vez, el decreto aclara que de acuerdo con lo normado en el artículo 64 del Código Electoral Nacional, la Dirección Nacional Electoral ejecutará las sanciones que le comunique la Cámara Nacional Electoral en razón del incumplimiento de uno o más candidatos con su obligación de participar en el debate presidencial.

En caso de incumplir con la obligatoriedad de presentarse a los debates, el Código Electoral Nacional (ley N° 19.945) dispone como sanción el no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual.

Con respecto al tiempo de publicidad, la decisión del Poder Ejecutivo establece:

Elecciones presidenciales

a) Para la campaña de presidente y vicepresidente de la Nación el cincuenta por ciento (50%);

b) Para la campaña de senadores nacionales el 25%;

c) Para la campaña de diputados nacionales el 25%.

En aquellos distritos en que no se elija la categoría de senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías enunciadas en los incisos a) y c) del presente apartado.

Elecciones legislativas

a) Para la campaña de senadores nacionales el 50%;

b) Para la campaña de diputados nacionales el 50%.

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, la totalidad de los espacios se asignarán a la categoría diputados nacionales.

En el caso en que uno o más distritos celebren elecciones provinciales en forma simultánea con las elecciones nacionales, las proporciones de distribución del tiempo cedido por los servicios de comunicación audiovisual y señales serán las siguientes:

Elecciones presidenciales

a) Para la campaña de presidente y vicepresidente de la Nación el 40%;

b) Para la campaña de senadores nacionales el 15%;

c) Para la campaña de diputados nacionales el 15%;

d) Para la campaña de gobernador y vicegobernador el 20%;

e) Para la campaña de legisladores provinciales el 10%.

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías indicadas en los incisos a), c), d) y e) del presente apartado.

Elecciones legislativas

a) Para la campaña de senadores nacionales el 40%;

b) Para la campaña de diputados nacionales el 40%;

c) Para la campaña de legisladores provinciales el 20%.

En aquellos distritos en que no se elija la categoría senadores nacionales, los espacios que le corresponderían se adicionarán en partes iguales a las categorías que se indican en los incisos b) y c) del presente apartado.