Alto cumplimiento del sector gastronómico a las nuevas restricciones

Jueves 28 Marzo, 2024

Alto cumplimiento del sector gastronómico a las nuevas restricciones

Sabado 10 de Abril de 2021

Agentes del municipio desarrollaron un extenso operativo de control para verificar que se cumpla con el cierre a la medianoche de comercios gastronómicos, bares y cervecerías. 
 

El Municipio adhirió al decreto reglamentario dispuesto por la provincia de Buenos Aires, el cual indica la suspensión de las actividades comerciales, artísticas, deportivas, culturales, sociales y recreativas entre las 23 y las 6 de la mañana.

Al respecto, Darío Ganduglia, destacó que “tuvimos un alto acatamiento por parte de los locales comerciales y de la ciudadanía en general, lo cual es clave para poder prevenir situaciones de contagio ante el avance de esta nueva cepa del virus”. 

Precisó que “sólo se debió notificar a un comercio ubicado en diagonal 74 entre 48 y 49 sobre el horario de cierre dispuesto para las 23 horas, ya que en el lugar aún se encontraban clientes cenando. Se le solicitó que no se expidan más despachos y se cumpla en desalojar el lugar”. 

Al mismo tiempo que las personas no podrán circular entre las 00 y las 06 horas, y no podrá desarrollarse en ese horario ninguna actividad, salvo las excepciones contempladas como actividades esenciales. 

También quedaron restringidas la actividad y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; actividades en casinos y bingos; bibliotecas; mercados y ferias artesanales y de alimentos en espacios cerrados; actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, más de 10 personas; entre otras. 

Desde el Municipio instan a los vecinos a denunciar sobre fiestas, juntadas o eventos clandestinos multitudinarios que se organicen en la ciudad sin cumplir con las nuevas disposiciones, llamando al 147 de Atención al Vecino. 


MULTAS DE HASTA 2 MILLONES DE PESOS

Vale recordar que las multas para quienes organicen fiestas clandestinas en bares, salones de fiestas o casa quintas, las cuales se encuentran prohibidas, podrán alcanzar hasta los 2 millones de pesos, de acuerdo al artículo 104 del Código Contravencional.

Mientas que la sanción para las juntadas masivas equivalen al pago de hasta 1 millón de pesos y recaerá no sólo en quienes organicen el encuentro, sino también en los propietarios del inmueble en el que se desarrolle y en todo el consorcio cuando se trate de edificios o barrios cerrados, de acuerdo al artículo 45 de la Ordenanza Municipal N° 6147.