Uno por uno los cambios en el Monotributo: las categorías, las deudas y los beneficios

Jueves 28 Marzo, 2024

Uno por uno los cambios en el Monotributo: las categorías, las deudas y los beneficios

Martes 08 de Junio de 2021

Más de 4 millones de contribuyentes tienen hasta fin de mes para confirmar la recategorización de oficio de la AFIP. Cuándo se paga el retroactivo generado desde enero y el reclamo de los contadores.

Con la reglamentación del Régimen de Sostenimiento e inclusión de los pequeños contribuyentes, se puso en marcha la reforma en el Monotributo. La modificación causó sorpresa y enojo entre los más de 4 millones de adherentes dada la deuda retroactiva a principios de año que generó el demorado cambio.

El martes pasado recién se publicó en el Boletín Oficial la resolución general 5003 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que reglamenta la ley que el Congreso votó en abril.

Con la norma se puso en marcha el “puente” para suavizar el pase de los monotributistas que se pasan de facturación y deberían incorporarse al Régimen General, o de Autónomos. A la vez estableció las categorías por facturación y cuotas mensuales, que implican un alza de 35,3% respecto de las vigentes a 2020.

De esa manera, varios monotributistas se encontraron con deudas con la AFIP, que corresponden a la diferencia de lo que deberían haber abonado desde inicios de este año y lo que efectivamente abonaron mientras regían temporalmente las escalas y las cuotas correspondientes al año 2020.

Tras el enojo que visibilizaron por redes sociales los contribuyentes, legisladores de Juntos por el Cambio presentaron un proyecto para anular la retroactividad. En el mismo sentido se pronunció el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, que reclamó vía carta a la AFIP dejar sin efecto las diferencias desde inicio de año, ante la crisis que atraviesa el país profundizada por la pandemia de coronavirus.

La presidenta de ese organismo, Gabriela Russo, enfatizó que los monotributistas tendrán que hacer otra recategorización en julio, la segunda semestral como marca la ley, lo que deriva en “una complicación más en un régimen que debería ser simple”.

Cómo quedó la tabla de escalas y cuotas del Monotributo 2021

Con los cambios, los parámetros de facturación anual y los montos mensuales a pagar quedaron determinados de la siguiente manera:
* Categoría A: el límite de facturación anual es $282.444,69. La cuota mensual se ubicará en $2646 para los que los servicios y productos.
* Categoría B: el tope queda en $423.667,03 y las cuotas en $2959 para servicios y bienes.
* Categoría C: la facturación pasa a $564.889,40. El pago mensual estará en torno a $3383 para servicios y de $3325 para venta de cosas muebles.
* Categoría D: el monto máximo sube a $847.334,12. Las cuotas para servicios pasan a $3990 y para bienes será de $3895.
* Categoría E: el límite máximo llega a $1.129.778,77. Los pagos mensuales serán de $5240 en servicios y de $4712 en bienes.
* Categoría F: el máximo de facturación es de $1.412.223,49, con cuotas de $6272 para servicios y de $5417 en bienes.
* Categoría G: el tope queda en $1.694.668,19, en tanto las cuotas son de $7315 para servicios y a $6168 para bienes.
* Categoría H: la más alta para quienes vendan servicios pasa a un tope de $2.353.705,82. Los pagos mensuales quedan en $12.789 en el rubro servicios y de $10.670 en bienes.
* Categoría I: el máximo de facturación sube a $2.765.604,35 y las cuotas mensuales serán de $15.340.
* Categoría J: el máximo pasa a $3.177.502,86 y la cuota mensual será de $17.618.
* Categoría K: el tope se incrementa a $3.530.558,74, y la cuota mensual queda en $19.913.

Cómo calcualr la deuda por la recategorización retroactiva

Como la reforma rige desde principios de año, la AFIP aplicó la tabla con los nuevos valores de los distintos parámetros del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para enero, febrero, marzo, abril y mayo.

En caso de corresponder, asignó una nueva categoría a cada contribuyente, tanto hacia arriba como hacia abajo.
La situación genera una diferencia: una deuda acumulada en los últimos cinco meses incluso para aquellos que bajaron de categoría.

También hay casos en los que se dio un saldo a favor que podrá reimputar para futuros pagos del monotributo, pero que no es automático.

Para conocer cuál es la situación ante el cambio, el contribuyente debe ingresar con su CUIT y clave fiscal en monotributo.afip.gob.ar y consultar en qué escala quedó. Recién desde el 1° de julio próximo estará disponible en el sitio oficial el monto de la deuda y las opciones de financiación, que adelantaron podrán cancelarse hasta en 20 cuotas.