IFE 5: ¿quiénes lo cobran y cómo se pueden inscribir?

Viernes 19 Abril, 2024

IFE 5: ¿quiénes lo cobran y cómo se pueden inscribir?

Jueves 06 de Octubre de 2022

La ANSES prepara un bono de refuerzo para 2 millones de personas que forman parte de los sectores más vulnerables. La suma sería de $50.000 y se otorgaría en tres tramos durante octubre, noviembre y diciembre. A continuación, los detalles.

Desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) analizan otorgar un nuevo Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que permita reforzar los ingresos de 2 millones de personas que se encuentran bajo la línea de indigencia. Esta semana se reunirán el ministro de Economía, Sergio Massa, y el de Desarrollo Social, Juan Zabaleta, para terminar de darle forma a la resolución.

El Decreto 576/2022 publicado en el Boletín Oficial prevé la creación de un “fondo de incremento exportador”, a partir de lo recaudado con el dólar soja, para financiar una “prestación monetaria extraordinaria no contributiva y de alcance nacional que asegure una adecuada alimentación para las personas en situación de extrema vulnerabilidad”.

El IFE 5 sería de $50.000 a distribuir en tres tramos durante los meses de octubre, noviembre y diciembre. Según trascendió, podrían cobrarlo quienes no cuenten con un trabajo formal y no cobren la prestación por desempleo. Cabe destacar que los beneficiarios del Potenciar Trabajo, Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo y Tarjeta Alimentar no podrán acceder al bono.

Hasta el momento no se detalló información certera acerca de la inscripción, sin embargo se trataría de un sistema similar al de los ingresos de emergencia previos. Por ese motivo, es recomendable que quienes tengan intenciones de solicitar el nuevo refuerzo mantengan actualizados sus datos personales en Mi ANSES (www.anses.gob.ar).

Los usuarios deberán ingresar a la cuenta con su CUIL y su Clave de Seguridad Social para chequear que sus datos de domicilio y de contacto sean los adecuados. En caso de encontrar errores, podrán corregirlos de forma online o comunicándose al 130 (línea de contacto gratuita de Anses) de 8 a 20 horas.

Aquellas personas que quieran registrarse por primera vez deberán presentar documentación para acreditar a sus hijas y/o hijos (Partida de nacimiento, DNI del hijo y de los padres, testimonio o copia de la sentencia de adopción en caso de ser necesario. Mientras que para acreditar el matrimonio se requiere un acta Partida o Certificado de Matrimonio, y DNI de los cónyuges.