Represión y muerte en Gimnasia: procesaron al titular del Aprevide

Martes 06 Junio, 2023

Represión y muerte en Gimnasia: procesaron al titular del Aprevide

Miércoles 23 de Noviembre de 2022

El titular de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (Aprevide), Eduardo Aparicio, fue procesado formalmente en el marco de la causa en la que se investiga la muerte del hincha del club Gimnasia y Esgrima La Plata (GELP) César “Lolo” Regueiro.

La medida fue dictada por el fiscal Juan Menucci, quien está al frente de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 5 de La Plata. De la declaración de testigos y de manifestaciones del propio imputado surge que este fue parte clave en la toma de decisiones durante aquella jornada trágica.

La medida también había sido solicitada por los abogados de la familia Regueiro (Marcelo Peña y Julián Rimada) y los del hincha Rodrigo Arballo, quien perdió la visión de su ojo izquierdo. Hasta el momento, fueron los únicos aceptados por el juez en el expediente como “particulares damnificados”.

El fiscal citó al funcionario a declaración indagatoria para el próximo 28 de diciembre. La decisión de la Justicia golpea al ministro de Seguridad, Sergio Berni, de quien depende la máxima autoridad de la Aprevide.La medida fue dictada por el fiscal Juan Menucci, quien está al frente de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 5 de La Plata. De la declaración de testigos y de manifestaciones del propio imputado surge que este fue parte clave en la toma de decisiones durante aquella jornada trágica.

 El fiscal citó al funcionario a declaración indagatoria para el próximo 28 de diciembre. La decisión de la Justicia golpea al ministro de Seguridad, Sergio Berni, de quien depende la máxima autoridad de la Aprevide.

También fueron citados a declaración informativa un dirigente del Club de Gimnasia y Esgrima La Plata junto a un empleado de la Aprevide. Se trata de una declaración a tenor del artículo 308 del Código Procesal Penal bonaerense que en su quinto párrafo establece: “(…) el Fiscal podrá citar al imputado al sólo efecto de prestar declaración informativa. En tal caso, el imputado y el letrado asistente tendrán todas las garantías, derechos y deberes correspondientes al imputado y defensor”.