Estos son los cambios que vienen para Cuenta DNI, Nacion+ y otras billeteras digitales

Jueves 28 Marzo, 2024

Estos son los cambios que vienen para Cuenta DNI, Nacion+ y otras billeteras digitales

Domingo 22 de Mayo de 2022

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó las regulaciones de Cuenta DNI y otras billeteras virtuales. La medida pretende que los bancos y las fintech permitan realizar pagos y transferencias desde una sola app y a cualquier entidad financiera que el usuario desee.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso cambios en las regulaciones vigentes sobre billeteras digitales como Cuenta DNI y BNA+, entre otras. La medida apunta que los usuarios puedan adminsitrar sus cuentas desde una única aplicación.

En este sentido, la autoridad monetaria apunta a que los bancos y las fintech autoricen a efectuar pagos y transferencias desde una sola aplicación y hacia cualquier entidad financiera.

En la Comunicación "A" 7514, el BCRA informó que esta disposición tiene por objetivo que los usuarios puedan relizar pagos a través transferencia o enviar dinero con la aplicación que prefieran, aunque el dinero se encuentre depositado en otra cuenta.

Es decir, la persona puede tener varias cuentas bancarias cargadas en esta única aplicación de manera que se simplifica el pago. En caso de no disponer de dinero en una cuenta, no hará falta pasar plata de uan cuenta a otra, sino utilizar la que posea saldo.

"Las entidades financieras y los proveedor de servicios de pago (PSP) estarán obligados a ofrecer la operatoria y los administradores de esquemas de pago de transferencias electrónicas tendrán que adaptar, de ser necesario, sus procesos”, expresó el comunicado. En este marco, los bancos y PSP tienen tiempo hasta el 30 de septiembre para adaptarse a esta normativa.

Por otro lado, el comunicado hace referencia a aplicación de medidas de seguridad para evitar fraudes. En este sentido, la vinculación de cuentas se podrá realizar unicamente cuando posean el mismo titular. Asimismo, esta vinculación debe ser autorizada por el titular de la cuenta debitada.

"Dicha autorización podrá ser concedida por única vez, al momento de enrolamiento de la cuenta. En caso de que el ordenante de la solicitud sea una persona humana ese tipo de autorización solo podrá ser efectuada cuando el titular (o alguno de los cotitulares) de la cuenta debitada coincida con la persona que remite la solicitud", cerró el comunicado.