Sábado 19 de septiembre de 2026
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La Justicia frenó los aumentos de luz que afectan a EDELAP en la Provincia

La Justicia bonaerense frenó los aumentos de las tarifas de electricidad aplicados desde agosto y ordenó restablecer de inmediato el cuadro tarifario anterior para los componentes bajo jurisdicción provincial. La medida cautelar alcanza a EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, las cuatro distribuidoras reguladas por la Provincia.

La cautelar fue dictada este viernes por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Bahía Blanca, a cargo de Agustín López Coppola, a partir de una presentación del Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, contra la Resolución 585/2026 del gobierno de Axel Kicillof y el ministro de Infraestructura, Gabriel Katopodis. Quedan fuera del fallo Edenor y Edesur, que dependen de la regulación nacional, y las cooperativas eléctricas.

El aumento que quedó bajo la lupa

La resolución cuestionada estableció un nuevo cuadro tarifario desde el 1° de agosto, con modificaciones sobre los componentes provinciales de la tarifa, principalmente el Valor Agregado de Distribución (VAD). La Defensoría del Pueblo cuestionó que el Gobierno bonaerense no realizara una nueva audiencia pública ni habilitara un mecanismo formal de participación de los usuarios antes de disponer las subas.

La Provincia sostuvo ante la Justicia que no era necesaria una nueva audiencia, y argumentó que los aumentos forman parte de una etapa de transición tarifaria vinculada a la emergencia energética, con criterios generales discutidos en audiencias públicas realizadas en 2016. El juez cuestionó ese argumento: «Hace diez años que no se realiza una audiencia pública. Pretender justificar constantes subas en una ‘tarifa de transición’ por tiempo indefinido desnaturaliza el derecho a la información de los usuarios».

La participación de los usuarios, en el centro del fallo

Uno de los principales argumentos del fallo es que los usuarios deben contar con información y participación antes de que se establezcan nuevos valores para un servicio público. El juez recuperó la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso CEPIS, donde se estableció que la participación ciudadana no puede convertirse en una instancia meramente formal, y citó también el precedente «Negrelli» de la Suprema Corte bonaerense.

Qué ordenó la Justicia y qué pasa con las facturas

La cautelar suspendió los efectos de la Resolución 585/2026 y ordenó a las distribuidoras volver al cuadro tarifario anterior respecto de los componentes provinciales. EDELAP, EDES, EDEA y EDEN deberán congelar los aumentos derivados de esa resolución y de cualquier otra posterior que no haya contado previamente con una instancia de participación de los usuarios.

El fallo también contempla las facturas que ya hayan incorporado el aumento suspendido: si las distribuidoras cobraron esos montos, deberán reacreditarlos o imputarlos a favor de los usuarios en la próxima factura. El juez consideró que existe peligro en la demora porque los nuevos valores ya estaban siendo cobrados: «Cada nueva factura emitida bajo los valores cuestionados transforma una lesión preventiva en un perjuicio económico efectivamente consumado sobre los usuarios».

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