El gobierno de Kicillof prohibió el corte de servicios de energía y agua por falta de pago

Miércoles 01 Mayo, 2024

El gobierno de Kicillof prohibió el corte de servicios de energía y agua por falta de pago

Viernes 03 de Abril de 2020

La provincia de Buenos Aires adhirió a la medida nacional que busca evitar los cortes de servicios esenciales para los sectores más vulnerables ante la pandemia de coronavirus.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires adhirió a la medida nacional que prohíbe a las empresas cortar los servicios “en casos de mora o falta de pago” para usuarios que se encuentran en situación de vulnerabilidad social.

La medida abarca a los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales bonaerenses.

En este sentido, el gobernador Axel Kicillof dispuso que esos prestadores no podrán suspender o cortar los servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, incluyendo a quienes ya tenían un aviso de corte en curso.

La medida alcanza a beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo, y usuarios inscriptos en el régimen de monotributo social.

Jubilados, pensionadas y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo y usuarios que perciben seguro de desempleo.

El decreto establece también que no podrán cortar los servicios a los electrodependientes, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Están incluidas las micro, pequeñas y medianas empresas; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

Mediante el decreto 194, se determinó además que los prestadores de servicios de distribución de energía eléctrica y de agua potable y desagües cloacales “deberán otorgar a los usuarios y las usuarias, planes con facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas aquí dispuestas”.