Inmobiliarias en alerta por la posible caída del DNU de Milei

Miércoles 08 Mayo, 2024

Inmobiliarias en alerta por la posible caída del DNU de Milei

Sabado 16 de Marzo de 2024

El rechazo en el Senado al DNU ha generado preocupación en la comunidad inmobiliaria por que sostienen que pone en peligro la oferta de alquileres.

Alejandro Bennazar, director de Relaciones Institucionales de la CIA, expresó su inquietud, aunque considera improbable que el DNU sea derogado. Según él, "sería prácticamente impensado debido al notable impacto positivo que ha tenido en tan poco tiempo".

Bennazar enfatizó que revertir la normativa implicaría un gran perjuicio para la sociedad, recordando el caos que reinaba en el mercado hace apenas cuatro meses, con una escasez de ofertas. A su vez, resaltó que desde la implementación del DNU en diciembre de 2023, la oferta de inmuebles se ha duplicado y los precios han aumentado por debajo de la inflación, lo que ha beneficiado a millones de inquilinos.

En este contexto, la CIA advirtió que el rechazo del Senado representaría una drástica reducción en la oferta, generando un perjuicio significativo para la sociedad en general.

La entidad consideró que el resultado negativo que la norma obtuvo ayer en la Cámara alta “sería una abrupta restricción de la oferta que traería como consecuencia un enorme perjuicio para la sociedad".

Según Bennazar, el desafío ahora radica en subsanar las deficiencias pasadas y promover la transición de inquilinos a propietarios mediante el acceso a créditos y la estabilidad económica. Sin embargo, enfatizó que regresar al pasado, especialmente a medidas que han demostrado su ineficacia, no resolverá los problemas actuales del mercado inmobiliario.


¿Qué pasará con los contratos firmados después de la entrada en vigencia del DNU de Milei?


Desde la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que derogó la ley anterior, los contratos de alquiler volvieron a regirse por el Código Civil y Comercial de la Nación. No obstante, se han introducido ajustes que otorgan más flexibilidad, permitiendo a propietarios e inquilinos acordar diversos aspectos como la duración del contrato, la moneda de pago, el índice de ajuste y el tipo de garantía, entre otros.

Expertos en derecho inmobiliario resaltan la importancia de documentar por escrito todos los acuerdos y asegurarse de que ambas partes estén de acuerdo en cada aspecto para mantener una relación contractual sólida. También se han mencionado opciones para ajustar el contrato durante su vigencia, siempre que estén debidamente registradas por escrito.

En cuanto a los contratos firmados durante estos dos meses, no perderán su validez. Según Enrique Abatti, especialista en derecho inmobiliario y presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina, "la ley no tiene efecto retroactivo salvo disposición expresa".

Los contratos en ejecución seguirán siendo válidos incluso si el Congreso rechaza el DNU y la ley de alquileres vuelve a estar en vigor. Este principio se aplicó anteriormente cuando se promulgó la ley en julio de 2020 y cuando se realizaron modificaciones en octubre pasado; los contratos vigentes mantuvieron sus condiciones hasta su vencimiento.

En caso de que el DNU sea rechazado y la ley anterior vuelva a estar en vigor, lo mismo sucederá con los contratos firmados desde el 29 de diciembre bajo el DNU y el Código Civil y Comercial. Esto implica que inquilinos y propietarios estarán divididos entre aquellos que tienen contratos bajo la ley de 2020, aquellos con ajustes de la ley de 2023 y aquellos que firmen contratos bajo las nuevas condiciones del Código Civil y Comercial establecidas por el DNU.