Viernes 5 de diciembre de 2025
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Reforma laboral: el borrador del Gobierno redefine las vacaciones de los trabajadores

El Gobierno nacional avanza con la redacción de un proyecto de reforma laboral que ya circula en el Consejo de Mayo y que plantea cambios relevantes en las condiciones de descanso de los empleados en relación de dependencia. El documento, al que tuvo acceso este medio, propone modificaciones en los plazos, la forma de otorgamiento y el sistema de pago de las vacaciones, junto con nuevas reglas para la organización de la jornada laboral.

Uno de los ejes centrales del borrador es la reconfiguración del período habilitado para gozar de las vacaciones. De aprobarse el texto, el descanso anual deberá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, salvo que empleador y trabajador acuerden fechas diferentes. Esa flexibilidad quedará sujeta a justificación formal y a la autorización de la autoridad laboral competente.

Otra de las modificaciones apunta al modo de notificar el inicio de las vacaciones. El aviso deberá realizarse por escrito y con una anticipación mínima de 45 días, superando ampliamente los plazos actuales. No obstante, esta exigencia podrá ser adaptada por los distintos convenios colectivos según lo que se negocie en cada sector productivo.

El proyecto también habilita el fraccionamiento del descanso, siempre con acuerdo entre las partes y estableciendo que cada tramo no podrá ser menor a una semana. Para aquellas empresas que organizan vacaciones escalonadas durante el año, se fija una garantía adicional: cada trabajador deberá tener acceso al período estival —los meses de verano— al menos una vez cada tres años.

En relación a las licencias médicas, el texto especifica que si una enfermedad interrumpe las vacaciones, el trabajador deberá reincorporarse una vez finalizado el período originalmente previsto, pudiendo luego reprogramar los días pendientes de descanso conforme a los criterios establecidos en la normativa.

Cómo se pagarían las vacaciones

La reforma también ajusta el régimen de liquidación salarial durante las vacaciones. Para quienes perciben un salario mensual, la retribución se calculará dividiendo el sueldo por 25 días. En los casos de pago diario u horario, corresponderá el monto habitual del último día trabajado antes de iniciar el receso, incluyendo jornadas extendidas de hasta nueve horas.

Quienes tengan ingresos variables —por comisiones, destajo u otros sistemas— cobrarán en base al promedio anual, aunque el trabajador podrá solicitar que se tome como referencia el promedio de los últimos seis meses. En todos los esquemas, la remuneración deberá abonarse al inicio del período vacacional, incluyendo todos los conceptos fijos y variables. Si el descanso se reparte en diferentes tramos, el empleador podrá optar por pagar el total correspondiente al comienzo del primer período.

Cambios en la organización de la jornada

En paralelo al debate por las vacaciones, el borrador incorpora herramientas de mayor flexibilidad para la distribución del tiempo laboral. Se propone modificar el artículo 197 bis de la Ley de Contrato de Trabajo para permitir que las convenciones colectivas establezcan regímenes especiales vinculados a horas extras, bancos de horas o francos compensatorios, adaptados a la dinámica productiva de cada actividad.

Estos acuerdos deberán respetar límites mínimos inalterables, como el descanso obligatorio de 12 horas entre jornadas y las restricciones semanales previstas en la legislación vigente.

Además, la reforma reemplaza el artículo 198, estableciendo que cualquier reducción de la jornada máxima legal solo podrá implementarse mediante normas nacionales, acuerdos individuales o convenios colectivos. Estos últimos podrán proponer sistemas de cálculo basados en promedios semanales, siempre cumpliendo con los descansos diarios y con el descanso semanal mínimo de 35 horas consecutivas.

Finalmente, el texto habilita formalmente el uso del banco de horas, permitiendo compensar jornadas extensas con menor carga horaria en otros días, siempre dentro de los topes legales semanales establecidos para cada régimen laboral.

Mientras el borrador sigue en discusión y todavía no llegó al Congreso, el alcance de estas reformas mantiene en alerta tanto a sindicatos como a trabajadores, incluidos miles de empleados de La Plata y la región, que observan de cerca cómo podrían modificar su esquema de descanso y organización laboral en los próximos meses.

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