La mora en billeteras virtuales llegó a niveles históricos. Por eso crece la preocupación de los deudores por el alcance real de las cobranzas. Un banco o fintech puede solicitar el embargo del sueldo, pero solo con una orden judicial. Sin sentencia de un juez, ninguna entidad puede retener ingresos. La ley fija topes precisos y protege una porción del salario en todos los casos.
Solo un juez puede ordenar un embargo
El embargo de sueldo es una medida judicial. Para que ocurra, debe existir un juicio previo. Luego, el juez emite una orden y el juzgado la notifica al empleador. Recién entonces la empresa retiene el porcentaje indicado y lo deposita en la cuenta del expediente.
Ni los bancos ni las billeteras pueden actuar sin ese proceso. Por lo tanto, las llamadas telefónicas y los mensajes de cobradores no equivalen a un embargo. Antes de llegar a la Justicia, las entidades agotan otras instancias: refinanciaciones y cesión de la deuda a estudios jurídicos especializados.
Cuánto del sueldo pueden embargar
La Ley de Contrato de Trabajo y el Decreto 484/87 establecen límites claros. El Salario Mínimo Vital y Móvil —hoy $376.600 mensuales— queda protegido en todos los casos. El cálculo toma como base el sueldo neto, después de aportes y descuentos de ley.
Si la remuneración no supera dos SMVM ($753.200), el tope es el 10% del monto que exceda el mínimo. Si supera ese umbral, el límite sube al 20% del excedente. Además, los fondos de una cuenta sueldo mantienen la misma protección legal. La única excepción es la deuda alimentaria, donde el juez puede fijar un porcentaje mayor.
Las cinco situaciones del Veraz
Antes de que un embargo sea posible, el impago genera otra consecuencia: el ingreso al Veraz. Ese historial tiene cinco situaciones posibles. La primera corresponde a pagos al día y otorga un score alto. La segunda indica moras leves de hasta 30 días, reversible con rapidez una vez que el deudor regulariza. En cambio, la tercera señala atrasos de más de 30 días y requiere negociación activa con los acreedores.
Por su parte, la cuarta implica atrasos superiores a 90 días, con riesgo concreto de embargos. La quinta es la más grave: deudas incobrables o en instancia judicial. Asimismo, un mal historial en el Veraz limita el acceso a nuevos créditos y tarjetas. Cada vez que una entidad evalúa un préstamo, consulta ese registro.
Las deudas prescriben, pero no fácilmente
Las deudas de tarjeta de crédito prescriben a los tres años desde la mora. El plazo arranca desde el vencimiento del último resumen impago. Sin embargo, la prescripción no opera de forma automática. Un pago parcial o una demanda judicial reinicia el plazo desde cero.
Además, existe mucha información errónea sobre este punto. En la práctica, es muy difícil que una deuda efectivamente prescriba. Incluso cuando ocurre, las entidades conservan el historial de conducta de pago. De esta manera, esa información sigue pesando sobre el scoring crediticio y el acceso a créditos a tasas razonables.
Cómo consultar el Veraz y cuándo es posible salir
Consultar el propio informe del Veraz es gratuito y lo garantiza la Ley 25.236. También puede hacerse cada seis meses por teléfono al (011) 5352-4800 o por internet. El sistema pide el DNI y valida la identidad antes de dar acceso al informe.
Hay tres situaciones en las que es posible salir del Veraz. La primera: la deuda supera los cinco años y el acreedor no inició juicio ni el deudor activó un plan de pagos. La segunda: la deuda ya fue abonada, pero el informe no lo refleja aún. La tercera: el registro responde a un error, como robo de identidad. En ese caso, además, el afectado puede reclamar indemnización por daños y perjuicios.
Qué hacer si llega un aviso de embargo
Ante un oficio judicial, los expertos recomiendan leerlo con atención. Es importante identificar el juzgado, el expediente y el monto reclamado. También conviene verificar que la deuda sea válida y no esté prescripta. En ese marco, consultar con un abogado o con defensa del consumidor es el paso siguiente.
Además, el deudor debe controlar el recibo de sueldo para verificar que la retención respeta los porcentajes legales. Por otro lado, en muchos casos es posible levantar el embargo con un plan de pagos homologado en el expediente. Cuanto antes el deudor contacte al acreedor, más opciones de acuerdo tiene disponibles.


