Sábado 25 de julio de 2026
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El Gobierno cambia la forma en que se actualizan las facturas de gas: los ajustes serán cada dos meses desde agosto

La Secretaría de Energía modificó el mecanismo por el que las diferencias del precio mayorista llegan a las boletas residenciales. Desde agosto, esos desfasajes ya no se acumularán durante períodos estacionales sino que se trasladarán cada dos meses. El cambio no garantiza una baja en los montos pero apunta a evitar el «doble impacto» invernal.

Qué cambia y desde cuándo

La medida fue oficializada mediante la Resolución 167/2026 y modifica la periodicidad con la que se aplican las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA), un componente técnico de la tarifa que funciona como mecanismo de compensación entre el precio estimado del gas y el que las distribuidoras realmente pagan a los productores.

Las DDA toman como referencia el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), un precio que se calcula inicialmente sobre la base de proyecciones. Si el costo real del combustible supera esa estimación, la diferencia se incorpora a las tarifas. Si queda por debajo, el ajuste opera en sentido contrario. Hasta ahora, esas diferencias se acumulaban con una lógica estacional y se trasladaban a las boletas de forma concentrada en ciertos momentos del año.

Con el nuevo esquema, los ajustes se calcularán e incorporarán a las tarifas cada dos meses, es decir, seis veces por año. La primera aplicación bajo esta modalidad se realizará con los cuadros tarifarios de agosto de 2026 y el mecanismo estará vigente mientras rija la emergencia energética, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2027.

Por qué el Gobierno justifica el cambio

Desde la Secretaría de Energía, el objetivo declarado es evitar lo que denominan el «doble efecto estacional» del invierno. Durante los meses de mayor frío coinciden el aumento del consumo residencial y las variaciones al alza del precio mayorista del gas. Si a eso se sumaba el traslado de diferencias acumuladas durante varios meses, el resultado podía ser una corrección pronunciada concentrada en una misma factura.

Con ajustes bimestrales, la idea es que las correcciones sean más graduales y previsibles a lo largo del año. La Secretaría aclaró que el mecanismo de compensación en sí no se toca: las distribuidoras solo pueden trasladar el costo de compra del combustible, sin generar ganancias ni pérdidas por las variaciones del precio, tal como establece la Ley 24.076 y su decreto reglamentario 1.738/92.

La norma también menciona un segundo fundamento: la nueva organización del mercado del gas, en la que las empresas distribuidoras asumirán directamente la gestión de compra del combustible sin intervención de las autoridades públicas.

¿Significa que las boletas van a bajar?

No necesariamente. La Secretaría de Energía fue explícita al señalar que la Resolución 167/2026 no implica una reducción automática del precio del servicio ni una baja inmediata en las facturas. El impacto concreto sobre los montos dependerá de si el costo real del gas supera o queda por debajo de la estimación inicial en cada período bimestral.

Lo que cambia es la frecuencia de los ajustes, no su dirección. Si el precio de mercado supera la proyección tarifaria, la diferencia seguirá incorporándose a las boletas. Desde el sector energético señalan que un mecanismo con actualizaciones más frecuentes puede facilitar la planificación financiera de las empresas y reducir saltos bruscos, aunque el resultado final dependerá de la evolución del costo del combustible.

La implementación estará a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENARGAS), que deberá adaptar sus procedimientos técnicos para aplicar la nueva metodología a partir de agosto.

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