Juicio a la CNU: Perpetua para el "Indio" Castillo y absolución para Pomares

Domingo 19 Mayo, 2024

Juicio a la CNU: perpetua para el "Indio" Castillo y absolución para "Pipi" Pomares

Miércoles 29 de Noviembre de 2017

El tribunal que juzgó sus responsabilidades en casos de secuestros, torturas y muerte como parte de esa organización de la derecha peronista leyó la sentencia en medio de las reacciones de víctimas y familiares. Apelaran la liberación de Pomares.

El Tribunal Oral Federal Criminal N 1 de La Plata condenó a perpetua a Carlos "Indio" Castillo y absolvió a José "Pipi" Pomares, ambos juzgados como miembros de la CNU (Concertación Nacional Universitaria) por su accionar y coordinación con el aparato represivo de la Triple A y la dictadura y su participación en casos de secuestro, tortura y muerte. La lectura de la sentencia se dio en un clima de mucha tensión que explotó cuando se conoció la absolución de Pomares: hubo celebración de parte de allegados y familiares y furia de víctimas sobrevivientes, testigos y familiares de desaparecidos y asesinados. La convulsión fue tanta que los jueces ordenaron el desalojo de la sala ubicada en el primer piso del edificio de los tribunales federales de 8 y 50. Hubo incluso un vidrio roto supuestamente con una piedra arrojada desde afuera.

Al grito del clásico "a donde vayan los iremos a buscar", militantes de organismos de derechos humanos y familiares de víctimas del terrorismo de Estado se instalaron en la sala contigua para repudiar el fallo absolutorio. En ese marco, Marta Vedio, abogada de la APDH La Plata parte de la querella, adelantó que habrá apelación del fallo. Ella remarcó que es el "beneficio de la duda" lo que terminó jugando a favor de Pomares.

El malestar, más allá de que el fallo encuadró la decisión en el marco de "crímenes de lesa humanidad", se centra en que la decisión de los jueces Germán Castelli, Pablo Vega y Alejandro Esmoris de absolver a Pomares implica su inmediata liberación. Su llegada al banquillo generó mucho debate interno en las organizaciones y en las fuerzas política, especialmente el peronismo, en el cual Pomares siguió inserto en plena democracia, vinculado incluso al senado bonaerense y la Municipalidad de La Plata.

Ambos estaban acusados del secuestro y homicidio de cuatro personas entre febrero y abril de 1976, durante el final del gobierno de María Estela Martínez de Perón y el inicio de la última dictadura militar. Tras la lectura de la sentencia, los familiares de los imputados, que celebraron la absolución se retiraron de la sala con gestos provocativos e insultos hacia los familiares de los fallecidos y testigos. 

“Nosotros sabemos que todo lo que hemos conseguido en todos estos años ha sido producto de la lucha en las calles, y vamos a redoblar esa pelea, no nos van a quebrar, vamos a seguir en la calle reclamando juicio y castigo por todos los compañeros”, expresó sobre el fallo María Luz Santos Morón, abogada del Ceprodh. 

Atendiendo lo que parece ser un "clima de época", Vedio señaló que se vienen tiempos en los que "habrá que reclamar justicia en la calle".

Fue la calle, precisamente, el lugar al que se trasladó la indignación. Ya estaba instalada una radio abierta sobre 8 entre 50 y 51, y desde allí los representantes de los organismos de derechos humanos volvieron a cuestionar la decisión judicial. "No los queremos caminando entre nosotros", dispararon desde el micrófono.

LAS ACUSACIONES

Tras hacer lugar a nulidades de reconocimientos fotográficos realizados por las víctimas, pedidas por las defensas de los imputados, el TOF 1 condenó a Castillo a prisión perpetua por la privación ilegítima agravada y el homicidio doblemente calificado en perjuicio de Carlos Antonio Domínguez.

También fue condenado por los delitos de sustracción de persona con el fin de obligarla a hacer algo o tolerar algo contra su voluntad y homicidio doblemente calificado de Néstor Dinotto.

Castillo fue condenado además por otros delitos de lesa humanidad cometidos en perjuicio de Graciela Martini, Hugo Daniel Pastorini, Adelaida Barpin y Leonardo Guillermo Miceli.

En cambio, el tribunal lo absolvió por el “beneficio de la duda” respecto de la privación ilegal de la libertad de Roberto Fiandor, consumada el 12 de febrero de 1976.

"Lo importante es que los hechos fueron considerados probados, se probó que la CNU cometió delitos de lesa humanidad en nuestra ciudad y eso es muy importante”, señaló Marta Vedio y expresó su "total rechazo" a la absolución de Pomares, al considerar que estaba probada su participación en los crímenes y fue parte del grupo más violento de la CNU. "Por eso, con esta convicción, vamos a ir a Casación para que revea el fallo”, confirmó.

Por su parte, Guadalupe Godoy, de Justicia Ya, sostuvo también que “el marco probatorio era más que suficiente para condenar a ambos” y anticipó que apelarán la absolución.
"Claramente, hay un mensaje de desprotección del poder judicial de La Plata para las víctimas, justo en una causa que fue accidentada por el temor que generaba en los testigos tener que declarar, (por lo que) muchos pidieron hacerlo con protección o reserva de identidad”, concluyó.

Domínguez fue secuestrado y asesinado el 12 de febrero de 1976; Miceli, del 19 de abril del mismo año. En los dos casos, además, se suma la imputación de robo y violación de los domicilios. Entre el 3 y el 4 de abril fueron secuestrados Néstor Hugo Dinotto y Graciela Herminia Martini.

Domínguez era el secretario general del gremio del Turf en La Plata. Su cuerpo apareció horas después del secuestro con alrededor de cuarenta disparos a la vera de la ruta, camino a la localidad de Magdalena, al sur de la capital bonaerense. Roberto Fiandor, un vocal de la comisión directiva del gremio, se salvó porque logró forzar la traba del baúl, arrojarse al asfalto y pedir ayuda a vecinos.

Entre la noche del 3 de abril y la madrugada del 4, la banda de la CNU concretó los secuestros de Néstor Hugo Dinotto, Graciela Herminia Martini, y de otra pareja de sobrevivientes, quienes fueron interceptados mientras viajaban en un auto por la localidad de Villa Elisa. Según los testigos, las víctimas debieron detenerse por las ráfagas de disparos sobre su vehículo.

La hipótesis de la Fiscalía indica que la CNU actuó en La Plata como un grupo que persiguió a disidentes políticos con la anuencia del Estado, antes y después del golpe, y que luego se salió del control de las fuerzas estatales, razón por la cual fueron detenidos y posteriormente sometidos a proceso por hechos menores, que no tenían que ver con su rol.