Miércoles 22 de julio de 2026
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La Justicia le puso un freno a Milei: vuelve a regir la Ley de Identidad de Género para menores de 18 años

La Cámara Federal suspendió el DNU 62/2025 que prohibía tratamientos hormonales a adolescentes trans. La medida obliga a IOMA, prepagas y hospitales públicos —también en La Plata y la Provincia— a garantizar la continuidad de los tratamientos.

La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal frenó, con alcance en todo el país, el decreto que el Gobierno de Javier Milei había usado para bloquear el acceso de menores de edad a tratamientos hormonales bajo la Ley de Identidad de Género. La decisión reactiva de inmediato una protección que llevaba un año y medio suspendida.

Qué cambia a partir de ahora

El fallo hace lugar a la apelación presentada por la Federación Argentina LGBT (FALGBT) y revoca el rechazo que había dictado la jueza de primera instancia. Con la cautelar firme, el artículo 11 de la Ley 26.743 vuelve a tener plena vigencia mientras la Justicia resuelve si el decreto es inconstitucional.

Eso significa que obras sociales, empresas de medicina prepaga y hospitales públicos de todo el país deben retomar o mantener, sin demoras, los tratamientos de afirmación de género en personas menores de 18 años.

El decreto que había cambiado la ley por la vía rápida

El DNU 62/2025, publicado en febrero de 2025, reescribió el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género para prohibir de manera absoluta que menores de edad accedieran a intervenciones y tratamientos hormonales vinculados a su identidad autopercibida. El texto original de la ley, sancionada en 2012, habilitaba ese acceso bajo consentimiento informado y seguimiento médico.

Los camaristas Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani sostuvieron que el Ejecutivo se excedió en sus facultades al modificar por decreto una norma votada por amplia mayoría en el Congreso, sin acreditar la necesidad y urgencia que exige la Constitución para ese tipo de herramientas.

Impacto directo en La Plata y la Provincia

La resolución no es un dato abstracto para la región. IOMA, la obra social de los agentes públicos bonaerenses con sede central en La Plata, queda entre las entidades obligadas a garantizar sin interrupciones los tratamientos alcanzados por la ley. Lo mismo ocurre con los hospitales públicos de la ciudad y el conurbano, que durante la vigencia del decreto habían quedado en una zona gris respecto a qué podían y qué no podían seguir cubriendo.

Para las familias bonaerenses que habían visto frenados sus procesos desde febrero de 2025, la cautelar reabre una vía que hasta ahora dependía de amparos individuales, con los tiempos y costos que eso implica.

Una disputa que recién empieza

La medida es cautelar, no definitiva. El expediente de fondo —si el DNU es o no inconstitucional— sigue abierto y puede demorar meses o años en resolverse en instancias superiores. El Gobierno nacional, que sostiene que la ley original habilitaba intervenciones irreversibles en menores sin control suficiente, puede apelar ante la Corte Suprema.

María Rachid, presidenta de la FALGBT, calificó el fallo como una reivindicación del principio de que un decreto no puede modificar una ley aprobada por el Congreso. Del otro lado, el Ejecutivo viene sosteniendo desde 2025 que su intervención buscó proteger a los menores de procedimientos que consideraba prematuros.

Con la cautelar vigente, el foco pasa ahora a Casación y, eventualmente, a la Corte Suprema, donde se definirá si el decreto tiene margen legal para sobrevivir. Mientras tanto, en La Plata y el resto de la Provincia, los efectores de salud quedan bajo la obligación de actuar como si el decreto nunca hubiera existido.

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